Ley 1/2025 de Desperdicio Alimentario: Guía completa para hostelería
La Ley 1/2025, de 22 de enero, para la reducción del desperdicio alimentario entró en vigor en España y obliga a bares, restaurantes, hoteles, caterings y toda la cadena alimentaria a disponer de un Plan de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario (PPPDA).
Si tienes un establecimiento de hostelería o restauración y no tienes todavía un plan de prevención, estás expuesto a multas que comienzan en 2.001€ y pueden llegar hasta 1.000.000€ en los casos más graves.
¿Qué obliga a hacer la Ley 1/2025?
La normativa establece una jerarquía de acciones obligatoria, conocida como los 5 niveles PPR:
- Prevención — reducir la generación de mermas desde el origen
- Donación a personas — ofrecer excedentes aptos a ONGs o bancos de alimentos
- Alimentación animal — destinar lo no apto para humanos a piensos
- Compostaje o biogás — valorización orgánica
- Eliminación — solo como último recurso
¿Qué documentos exige la ley?
- Plan de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario (PPPDA) — actualizado anualmente
- Registro de mermas diario
- Convenio con al menos una ONG o banco de alimentos
- Actas de inspección accesibles al inspector de sanidad
¿Cuáles son las multas?
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Leve (sin plan de prevención) | Hasta 2.000€ |
| Grave (incumplimiento reiterado) | 2.001€ – 60.000€ |
| Muy grave (obstaculizar inspección) | 60.001€ – 1.000.000€ |
¿Cómo cumplir la Ley 1/2025 sin esfuerzo?
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